El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un tributo de naturaleza indirecta que, en los términos establecidos en los artículos siguientes, gravará:
1.º Las transmisiones patrimoniales onerosas.
2.º Las operaciones societarias.
3.º Los actos jurídicos documentados.
Tanto el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITAJD), gravan la transmisión de bienes y derechos. Se aplica el IVA cuando quien transmite es empresario o profesional y se aplica el concepto “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (TPO) del ITP y AJD cuando quien transmite es un particular.