El modelo 720 que se presenta por la posesión de bienes en el extranjero, que con anterioridad, solo se tenía que presentar una vez, salvo que hubiese modificaciones por encima del umbral de 50.000€ en cada una de sus secciones. Desde el ejercicio 2021, es obligatorio presentarlo todos los años, salvo que el único bien situado en el extranjero sea un inmueble.
También ha cambiado el periodo de presentación de la declaración, pasando del mes de febrero, a los meses de abril a junio, coincidiendo con el periodo de presentación de la declaración de la renta.