• El importe de la subvención concedida por cada contratación realizada será de 4.950,00€, no pudiendo ser en ningún caso superior. 

 

  • La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en los términos previstos en la Normativa Estatal que lo regula, y que al menos hayan finalizado la orientación vocacional dentro del Plan de Capacitación del PI.

 

  • La tipología de contratos subvencionables es la siguiente:

 

  1. a) Contratos indefinidos.
  2. b) Contratos temporales.
  3. c) Contratos en prácticas.
  4. d) Contratos para la formación y el aprendizaje.

 

  • El contrato será formalizado con el beneficiario/a quedando en todos sus aspectos (formalización, ejecución y extinción) sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación.

 

  • No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido relación laboral con el beneficiario/a o empresa vinculada en los seis meses anteriores al de la formalización del contrato presentado en el marco de la presente convocatoria de ayudas.

 

  • Cualquiera que sea la tipología de contrato elegida (a, b, c ó d), se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los seis primeros meses, a contar desde la firma del contrato.

 

  • En todo contrato que se firme al amparo de esta convocatoria debe incluirse una referencia a la cofinanciación del mismo por el Fondo Social Europeo y de la Iniciativa de Empleo Juvenil en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014‐2020.

 

  • Únicamente se considerarán válidos los contratos firmados a jornada completa o tiempo completo.